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Actividades permanentes (1/2)

Las actividades permanentes son aquellas que se llevan a cabo con una duración indeterminada y que disponen de una infraestructura y un emplazamiento estables. Se distinguen en:

  1. Actividades permanentes mayores: son las incluidas en el Título I del Anexo I de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre. Se incluyen las instalaciones de infraestructuras comunes (instalaciones técnicas y las zonas de un edificio o de un conjunto de edificios que dan servicio a establecimientos físicos susceptibles de actividades por determinar o a actividades concretas), así como las actividades en espacios compartidos (actividades permanentes distintas e independientes que se realizan de forma simultánea o no en un mismo espacio físico y que tienen titulares diferentes)
  2. Actividades permanentes menores: son las incluidas en el Título II del Anexo I de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre.
  3. Actividades permanentes inocuas: son las incluidas en el Título III del Anexo I de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre.

  Las actividades mayores, menores o inocuas pueden ser: 

  1. Simples: Una única actividad permanente en una infraestructura y emplazamiento estable.
  2. Multidisciplinares: Dos o más actividades permanentes que se realizan de forma simultánea o no en un mismo espacio físico y que tienen el mismo titular.

1.-  Inicio y ejercicio / Modificación. Formularios:

             A.- Expedientes iniciados a partir del 9/11/2022 (Decreto ley 9/2022, de 7 de noviembre):

                   Art. 42 L7/2013: Declaración responsable de inicio y ejercicio de una actividad permanente inocua (ver. 1.0)
                   Art. 43.1 L7/2013: Declaración responsable de inicio y ejercicio de una actividad permanente mayor o menor, tras realizar instalaciones (ver. 1.2)
                   Art. 43.2 L7/2013: Declaración responsable de inicio y ejercicio de una actividad permanente mayor o menor, sin ejecutar instalaciones (ver. 1.4)
                   Art. 44 L7/2013: Comunicación de modificación de una actividad permanente existente (ver. 1.4)
                   Art. 44 L7/2013: Declaración responsable de modificación de una actividad permanente existente (ver. 1.2)
                            Sólo puede modificar una actividad la persona titular del título habilitante (arts. 11 y 44 de la L7/2013)

                   Certificado técnico y ficha resumen (ver. 1.3)

                   Para el caso de actividades temporales con desmontaje de las instalaciones. Art. 43.3 L7/2013: Declaración responsable previa a la reapertura (ver. 1.0)

                   Para el caso de actividades musicales: proceso y documentación a aportar.

             B.- Expedientes iniciados a partir del 21/10/2020 (Ley 2/2020, de 15 de octubre): 

                   -Modelos modificados el 5/3/2021. Se deben presentar a partir de dicha fecha-

                   Art. 42 L7/2013: Declaración responsable de inicio y ejercicio de una actividad permanente inocua (ver. 3.3)
                   Art. 43.1 L7/2013: Declaración responsable de inicio y ejercicio de una actividad permanente mayor o menor, tras realizar instalaciones (y obras) (ver. 1.6)
                   Art. 43.2 L7/2013: Declaración responsable de inicio y ejercicio de una actividad permanente mayor o menor, sin ejecutar instalaciones (ver. 1.6)
                   Art. 44 L7/2013: Declaración responsable de modificación de una actividad permanente existente (ver. 1.7)
                            Sólo puede modificar una actividad la persona titular del título habilitante (arts. 11 y 44 de la L7/2013)
                   
                   Ficha resumen (ver. 1.4)
                  Certificado técnico competente (ver. 1.6)

                   Para el caso de actividades temporales con desmontaje de las instalaciones. Art. 43.3 L7/2013: Declaración responsable previa a la reapertura (ver. 1.4)

                   Para el caso de actividades musicales: proceso y documentación a aportar.

             C.- Expedientes iniciados desde el 16/5/2020 hasta el 20/10/2020 (Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo):

                   Art. 42 L7/2013: Declaración responsable de inicio y ejercicio de una actividad permanente inocua (ver. 3.2)
                   Art. 43.1 L7/2013: Declaración responsable de inicio y ejercicio de una actividad permanente mayor o menor, tras realizar instalaciones (y obras) (ver. 1.5)
                   Art. 43.2 L7/2013: Declaración responsable de inicio y ejercicio de una actividad permanente mayor o menor, sin ejecutar instalaciones (ver. 1.5)
                   Art. 44 L7/2013: Declaración responsable de modificación de una actividad permanente existente (ver. 1.6)
                   Certificado técnico competente (ver. 1.5)

             D.- Expedientes iniciados desde el 16/4/2019 hasta el 15/5/2020 (Ley 6/2019, de 8 de febrero):

                   Modelo 02: Declaración responsable de inicio y ejercicio de actividad permanente inocua
                   Modelo 03: Declaración responsable de inicio y ejercicio de actividad de aparcamiento en edificio residencial
                   Modelo 06: Certificado técnico director
                   Modelo 07: Declaración responsable de inicio y ejercicio de actividad permanente menor que no requiere permiso de instalación (y obra)
                   Modelo 09: Declaración responsable actividad mayor con obra menor o sin obra
                   Modelo 10: Comunicación previa de instalación (y obra) de actividad permanente
                   Modelo 11: Declaración responsable actividad permanente con obra mayor

                   Apertura del período de información pública de los expedientes de actividad y en su caso obras, que según la Ley 7/2013 deben someterse a información pública.

 2.- Transmisión y cambio de titularidad (CT). Baja (BA). Formularios:
De acuerdo con el art. 32 de la L7/2013 "el titular, cuando no tenga el uso y disfrute del establecimiento o cese definitivamente su actividad, deberá instar a la baja del registro de inicio y ejercicio de la actividad o realizar la transmisión hacia la persona física o jurídica que la tiene. La baja de la instalación de la actividad sólo la podrá instar la persona en la que concurran la titularidad de la actividad en cuestión y el pleno dominio del establecimiento físico en que ésta se presta, o la hará la administración competente de oficio cuando exista actividad posterior que la sustituya, caduque o exista sanción firme que lo implique".

         Modelo 41: Comunicación de transmisión y cambio de titular (art. 12.2 Ley 7/2013) Ver. 2.1
         Modelo 42: Declaración responsable de transmisión y cambio de titular (art. 12.3 Ley 7/2013) Ver. 2.1
         Modelo 43: Comunicación de baja del ejercicio de una actividad permanente Ver. 1.3
         Modelo 44: Comunicación de baja de la instalación de una actividad permanente Ver. 1.3

  3.- Limitadores registradores sonométricos (LM y SP). Formularios:

         El 9/1/2021 (BOIB n.º 4) se publicó la modificación de la Ordenanza reguladora de protección del medio ambiente contra la contaminación por ruidos y vibraciones. En base al art. 45 modificado, se adjuntan los modelos que deben presentarse en el Ayuntamiento cuando haya necesidad de instalar un equipo limitador registrador sonométrico:

         Tras instalación del equipo limitador registrador sonométrico o sustitución/modificación de cualquier elemento del sistema:
              Modelo 51: Declaración responsable de instalación del sistema de limitación registrador sonométrico Ver. 1.1
              Modelo 53: Certificado del sistema de limitación (art. 45.4 O. M.)        

         Anualmente, antes del 1 de enero o antes del inicio de la actividad de temporada, y sin sustituir/modificar ningún elemento del sistema:
              Modelo 52: Declaración responsable anual del sistema limitador registrador sonométrico Ver. 1.1
              Modelo 54: Certificado del ajuste del equipo limitador de sonido (art. 45.5 O. M.)

          Para la alteración de algún parámetro de programación por la realización de una ANP o ampliación horaria autorizada:
              Modelo 55: Declaración responsable de alteración de parámetros de programación del equipo limitador por ANP o acto de especial proyección
              Modelo 56: Certificado de alteración de parámetros de programación por ANP o acto de especial proyección

         Modelos conforme la Ordenanza reguladora de protección del medio ambiente vigente con anterioridad a la modificación publicada en el BOIB n.º 4 de 9/1/2021:
              Modelo 53: Certificado del sistema de limitación (art. 45.4 O. M.)             
              Anexo 5.1: Declaración responsable de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 45.5 de la O. M.

Explicación proceso para la presentación de las declaraciones responsables de los equipos y limitadores sonométricos

4.-  Ampliación horaria. Formularios: Ver página

5.-  Revisiones técnicas: Ver página

6.-  Vigilancia, control e inspección: Ver página

7.- Proceso para la obtención de una licencia de actividad musical