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Actividades itinerantes

El artículo 4, titulado: "Definiciones", de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears (modificado por el art. 3 de la Ley 6/2019, de 8 de febrero) define las actividades itinerantes como: 

         "2.- Actividades itinerantes: son las de entretenimiento y ocio o servicio que se hacen mediante instalaciones técnicas, aparatos, atracciones o similares, que son permanentes en el tiempo pero itinerantes en el espacio y que se ubican en diferentes emplazamientos, con una provisionalidad en cada uno de éstos inferior a tres meses. 

         3.- Actividades itinerantes mayores: son las que tienen elementos con movimiento que desplazan a los usuarios de la atracción mediante aportación de energía externa a la misma persona usuaria.

         4. Actividades itinerantes menores: son las actividades itinerantes que no son actividades itinerantes mayores ni inocuas.

         5. Actividades itinerantes inocuas: son las actividades itinerantes autotransportables, que no necesitan acoplamiento de piezas, montajes exteriores ni anclajes, aunque requieran del despliegue de sus partes móviles, siempre que no se trate de actividades mayores".

27/10/2021: Acuerdo de la Corporación Plenaria por el que se prorroga la suspensión de la vigencia (durante todo el 2022) de la Ordenanza Municipal reguladora de la tasa por [...] espectáculos o atracciones situadas en terrenos de uso público [...]. Bonificación del 50% del importe correspondiente a la tasa liquidable en concepto de ocupación de dominio público para el ejercicio de actividades itinerantes.

21/5/2021: Acta del sorteo en relación a las solicitudes de ocupación de dominio público municipal de 2021 para la realización de actividades itinerantes.

25/3/2021: Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento por el que se aprueba la bonificación del 50% del importe liquidable de la tasa de ocupación de dominio público necesaria para el ejercicio de la actividad itinerante realizada en el término municipal y con efectos desde el 1/1/2021 hasta el 31/12/2021.

Documentación de interés. Actividades itinerantes (AI). Formularios:

         Modelo 31: Solicitud de ocupación del dominio público municipal para actividad itinerante (no ANP) Ver. 2021/05/31
         Modelo 32: Declaración responsable de instalación, inicio y ejercicio de una o varias actividades itinerantes Ver. 2021/05/31

 

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Le informamos que puede realizar sus trámites con el Ajuntament de Calvià de manera telemática a través de la sede electrónica.
 
Si es persona física con firma electrónica (DNI electrónico o certificado firma digital)  puede presentar su solicitud para el Ajuntament de Calvià o para cualquier otra administración pública en el siguiente enlace:
 
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do 
 
Si es persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica, y en aplicación del art. 14.2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, está obligado a relacionarse por medios electrónicos, pudiendo presentar su solicitud en el siguiente enlace:
 
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do