La resolución del Consejero de Empresa, Ocupación y Energía ha aprobado la convocatoria de subvenciones para la consolidación y el crecimiento sostenible de la ocupación autónoma en las Illes Balears para los años 2024, 2025, 2026 y 2027.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
La convocatoria está abierta del 1 de enero al 31 de marzo de 2025.
CUANTÍA DE LA AYUDA
Importe global máximo de 3.000 euros de ayuda por cada persona beneficiaria.
¿QUIÉN LA PUEDE SOLICITAR?
Trabajadoras y trabajadores autónomos que se encuentren en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA) con 36 meses o más de antigüedad.
¿QUÉ SE PUEDE SUBVENCIONAR?
- Innovación y digitalización: Incluye la adaptación constante, la innovación en productos y servicios, y la integración de tecnologías digitales.
- Gestión estratégica y financiera: Engloba la planificación estratégica, la gestión financiera eficiente y la comprensión del mercado.
- Sostenibilidad y responsabilidad social: Abarca prácticas sostenibles y un enfoque en la responsabilidad social empresarial.
- Inversiones para la mejora de la competitividad: Incluye la inversión en equipo de trabajo y la reforma del lugar de trabajo.
REQUISITOS
- Personas físicas, empadronadas y residentes en alguno de los municipios de las Islas Baleares.
- Estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social y en el/los correspondientes epígrafes del Impuesto de actividades Económicas, con una antigüedad mínima ininterrumpida de 36 meses en la fecha de presentación de la solicitud.
- Aquellos autónomos que acrediten que su actividad se lleva a cabo de forma estacional, tendrán que encontrarse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social y en el/los correspondientes epígrafes del Impuesto de actividades Económicas con la antigüedad mencionada en el punto anterior y durante periodos mínimos de 4 meses dentro del año natural.
- En el caso de las mujeres autónomas, los periodos en que haya un cese temporal de la actividad por causas relacionadas con la maternidad no se tendran en cuenta a la hora de verificar el cumplimiento del requisito de “permanencia ininterrumpida durante 36 meses”, con el objetivo de apoyar durante este periodo vital y asegurar que no suponga un obstáculo para la continuidad de sus negocios.
- Estar al corriente de pago de las obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Agencia Tributaria de las Islas Baleares y con la Seguridad Social.
DATOS DE CONTACTO DEL ORGANISMO GESTOR PARA ACLARACIÓN DE DUDAS
Dirección General de Empresa, Autónomos y Comercio
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló)
Teléfono: 971178900
Publicado en
IFOC CALVIÀ