AYUDA PARA AUTÓNOMOS CONSOLIDADOS.

La resolución del Consejero de Empresa, Ocupación y Energía ha aprobado la convocatoria de subvenciones para la consolidación y el crecimiento sostenible de la ocupación autónoma en las Illes Balears para los años 2024, 2025, 2026 y 2027.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

La convocatoria está abierta del 1 de enero al 31 de marzo de 2025.

CUANTÍA DE LA AYUDA

Importe global máximo de 3.000 euros de ayuda por cada persona beneficiaria.

¿QUIÉN LA PUEDE SOLICITAR?

Trabajadoras y trabajadores autónomos que se encuentren en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA) con 36 meses o más de antigüedad.

¿QUÉ SE PUEDE SUBVENCIONAR?

  • Innovación y digitalización: Incluye la adaptación constante, la innovación en productos y servicios, y la integración de tecnologías digitales. 

  • Gestión estratégica y financiera: Engloba la planificación estratégica, la gestión financiera eficiente y la comprensión del mercado.

  • Sostenibilidad y responsabilidad social: Abarca prácticas sostenibles y un enfoque en la responsabilidad social empresarial.

  • Inversiones para la mejora de la competitividad: Incluye la inversión en equipo de trabajo y la reforma del lugar de trabajo. 

REQUISITOS
  • Personas físicas, empadronadas y residentes en alguno de los municipios de las Islas Baleares.
  • Estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social y en el/los correspondientes epígrafes del Impuesto de actividades Económicas, con una antigüedad mínima ininterrumpida de 36 meses en la fecha de presentación de la solicitud.
  • Aquellos autónomos que acrediten que su actividad se lleva a cabo de forma estacional, tendrán que encontrarse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social y en el/los correspondientes epígrafes del Impuesto de actividades Económicas con la antigüedad mencionada en el punto anterior y durante periodos mínimos de 4 meses dentro del año natural.
  • En el caso de las mujeres autónomas, los periodos en que haya un cese temporal de la actividad por causas relacionadas con la maternidad no se tendran en cuenta a la hora de verificar el cumplimiento del requisito de “permanencia ininterrumpida durante 36 meses”, con el objetivo de apoyar durante este periodo vital y asegurar que no suponga un obstáculo para la continuidad de sus negocios.
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Agencia Tributaria de las Islas Baleares y con la Seguridad Social.

DATOS DE CONTACTO DEL ORGANISMO GESTOR PARA ACLARACIÓN DE DUDAS

Dirección General de Empresa, Autónomos y Comercio
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló)
Teléfono: 971178900 

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