Trámite para la obtención de la tarjeta de las armas de 4ª categoría según lo dispuesto en el Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero)

QUÉ ARMAS PUEDEN SER DOCUMENTADAS CON TARJETA?

  • Tarjeta Tipo A: Este permiso es válido para las armas comprendidas a la 4.ª categoría 4-1: Carabinas y
    pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas
    comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico-deportivo cuyo sistema de disparo es automático.
    (Reglamento de Armas 137/1993, de 29 de enero, artículo 3 y Orden de Interior 2860/2012, de 27 de diciembre).
     Validez: 5 años - Limitada al término municipal de Calvià.
     Máximo de armas que se pueden grabar: 6.
  • Tarjeta Tipo B: Este permiso es válido para las armas comprendidas a la 4.ª categoría 4-2: Carabinas y
    pistolas, de alma lisa o tachadura, y de un solo tiro, revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas
    comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico–deportivo accionadas por muelle o resorte.
    (Reglamento de Armas 137/1993, de 29 de enero, artículo 3 y Orden de Interior 2860/2012 de 27 de diciembre).
     Validez: permanente - Limitada al término municipal de Calvià.
     Podrá documentar un número ilimitado de arma de la categoría 4.ª.2.
     Cuando el número de armas en propiedad exceda las seis armas de la categoría 4.ª.2, el interesado puede ser
    titular de más de una tarjeta tipo B.

MUY IMPORTANTE: Las tarjetas se otorgarán exclusivamente a los residentes en el municipio de Calvià,
limitándose al respectivo término municipal.

CÓMO PUEDE HACER EL TRÁMITE?

Para poder tramitar la Tarjeta de armas por armas de 4.ª categoría, la persona interesada tendrá que presentar
la SOLICITUD TARJETA DE ARMAS rellenada más la documentación que se solicita a:

  • Si ya tiene certificado electrónico o *DNIe, por medio del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Calvià en
    SEDE ELECTRÓNICA.
  • Con atención presencial, servicio de CITA PREVIA. Este es un trámite de uso exclusivo para personas
    físicas, no obligadas a tramitar electrónicamente, de acuerdo con el que dispone el artículo 14.2 Ley 39/15, de 1
    de octubre del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
    Si necesita contactar con el Ayuntamiento de Calvià puede hacerlo mediante el siguiente contacto:
    Teléfono: 871510091
    Correo electrónico: registregeneral@calvia.com, calvia@calvia.com
    Horario de atención: de lunes a viernes de 9 a 14 horas