Viernes, 10 de agosto de 2018
Las empresas y los profesionales colegiados deberán realizar los trámites con el Ajuntament de Calvià por medios electrónicos a partir del 1 de septiembre
A partir del día 1 de septiembre de 2018, tal como se establece en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común, los sujetos que se indican a continuación estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con este Ayuntamiento para la realización de cualquier trámite municipal:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Siempre y cuando los medios electrónicos puestos a disposición de la Administración General del Estado lo permitan.
Más información: poblacio@calvia.com